Consejo de administración Coomultrup

Acto de poseción: Marzo 25 de 2022 (Acta de asamblea #034 del 12 de marzo de 2022)

Consejeros Principales

  • Oscar Augusto Fiallo Soto, Presidente
  • Lorenzo Leal Buitrago, Vicepresidente
  • Jorge Eliecer Portilla Rodríguez, Secretario
  • Carlos Augusto Rangel Álvarez, Vocal
  • Wilson Alberto Contreras Espinosa, Vocal

Suplentes

  • Ana Joaquina Cruz Romero
  • Luis José Quintanilla Gómez
  • Edwin Omar Jaimes Rico
  • Gustavo Castellanos Pulido

Junta de Vigilancia

  • Ciro Alfonso Caicedo Camargo, Presidente
  • Jesús Antonio Hernández Jaimes, Vicepresidente
  • José Hernán Gómez, Secretario

Suplentes

  • Bellkys Yaneth Díaz Contreras
  • Aide Castellanos Castellanos
  • Augusto Peñaloza Alvernia

Revisora Fiscal Principal

  • Mariela Villamizar Vera

Funciones legales y estatutarias

Consejo de Administración

  1. Expedir, aprobar y cumplir su propio reglamento.
  2. Elegir a los miembros del comité de Crédito, Comité de educación, y demás comités, asignarles sus funciones y establecer sus respectivos reglamentos.
  3. Proponer y desarrollar metas, objetivos, políticas, programas y actividades para operacionalizar el Plan de Desarrollo y de acción de “COOMULTRUP”.
  4. Aprobar el presupuesto para cada ejercicio económico y velar por su adecuada ejecución.
  5. Definir la estructura administrativa, la planta de personal, los niveles de remuneración y el monto de las fianzas conforme a la Ley.
  6. Aprobar o eliminar los servicios para el funcionamiento de “COOMULTRUP”.
  7. Nombrar, evaluar, ratificar o remover al Gerente y señalarle sus funciones y niveles de competencia.
  8. Determinar las cuantías máximas autorizadas al Gerente para efectuar operaciones y contratos dentro del giro normal de Coomultrup.
  9. Analizar y evaluar los Estados Financieros mensual y anualmente.
  10. Elaborar el proyecto de distribución de excedentes para presentarlo a la aprobación de la Asamblea.
  11. Decidir sobre el ingreso, suspensión o exclusión de los asociados, agotando los procedimientos contemplados en los presentes estatutos.
  12. Ordenar el traspaso y devolución de certificados de aportación y demás beneficios causados a los asociados (as) o a sus herederos.
  13. Presentar a la Asamblea General el informe de gestión, y los resultados del ejercicio económico anual.
  14. Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Asamblea, siempre y cuando no contravengan la Ley y los Estatutos.
  15. Aprobar el monto de los créditos solicitados por la Gerencia, los Consejeros, los miembros de la Junta de Vigilancia y sus familiares.
  16. Convocar y preparar la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria.
  17. Reglamentar y ejecutar las inversiones tanto permanentes como transitorias de “COOMULTRUP”.
  18. Autorizar convenios o acuerdos con otras entidades.
  19. Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales.
  20. Analizar y valorar los informes que le presenten la Gerencia, la Revisoría Fiscal y la Junta de Vigilancia y presentar recomendaciones.
  21. Delegar en la Gerencia, cuando lo considere necesario y conveniente, algunas de sus atribuciones dejando constancia en el acta respectiva.
  22. Presentar a la Asamblea General o Delegados para su estudio y aprobación propuestas y proyectos convenientes y necesarios para el desarrollo y progreso de la cooperativa.
  23. Aplicar sanciones a los asociados que infrinjan los estatutos y reglamentos de la cooperativa.
  24. Ejercer todas aquellas funciones que por Ley y por Estatutos le correspondan, y que no estén asignadas a otros organismos.

Junta de Vigilancia

Son funciones de la Junta de Vigilancia las establecidas en las leyes 79 de 1978, la Ley 454 de 1998, las normas reglamentarias y los presentes Estatutos:

  1. Expedir y aprobar su propio reglamento y elegir entre sus miembros un Presidente.
  2. Velar porque los actos de los organismos de administración se ajusten totalmente a las prescripciones legales, estatutarias, reglamentarias, a los principios cooperativos y del sistema de economía solidaria. Para lo anterior, deberá analizar periódicamente la gestión de cada organismo de administración, vigilancia y control y demás áreas de acuerdo a la estructura de la Cooperativa.
  3. Informar a los organismos de administración, al Revisor Fiscal, a los de Vigilancia y control del Estado y a otras autoridades competentes sobre las irregularidades que presenta el funcionamiento de “COOMULTRUP”, y dar recomendaciones sobre las medidas que deben adoptarse.
  4. Conocer las quejas y reclamaciones de los asociados sobre los actos de los directivos y la prestación de los servicios de ”COOMULTRUP”, transmitirlos al organismo competente y solicitar la aplicación de las medidas correctivas o las informaciones o aclaraciones a que hubiere lugar por el conducto regular y con la debida oportunidad.
  5. Hacer llamados de atención a los asociados (as) cuando incumplan los deberes consagrados en la Ley, en los presentes estatutos o en reglamentos internos.
  6. Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados (as) cuando haya lugar a ello y velar porque el organismo competente, para su aplicación, se ajuste al procedimiento establecido para tal efecto.
  7. Verificar la lista de asociados (as) hábiles e inhábiles para participar en las Asambleas o en la elección de delegados.
  8. Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General.
  9. Convocar a la Asamblea General en los casos establecidos por la Ley y los presentes estatutos.
  10. Presentar recomendaciones a los organismos de administración sobre asuntos propios del control social.
  11. Asistir a las reuniones de Consejo de Administración con voz pero sin voto.
  12. Las demás que le asigne la Ley, siempre y cuando se refieran al control social y no correspondan a funciones propias de la Revisoría Fiscal.

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